Para poder realizar una instalación fotovoltaica sobre cualquier tipo de inmueble se requiere solicitar una serie de permisos, tanto antes como después de la propia instalación. Al estar hablando de una reforma exterior es obligatorio que el propietario de la vivienda solicite los permisos pertinentes al ayuntamiento y a la empresa distribuidora de electricidad.
En LRP Energy nos encargamos de gestionar todo los trámites burocráticos y permisos necesarios para la legalización del sistema de autoconsumo, además de tramitar las distintas subvenciones en nombre de nuestros clientes, por lo que tú sólo tendrías que preocuparte de disfrutar los beneficios que te reportará la instalación.
Aún así, consideramos que siempre viene bien conocer los pasos que hay que seguir para que tus placas solares sean totalmente legales y respetuosas con la normativa.
Mayores facilidades gracias a la nueva normativa
En la nueva normativa de autoconsumo, recogida en el Real Decreto 244/2019 del 6 de abril de 2019, se acortaron los plazos y simplificaron los trámites burocráticos. Aún así, la complejidad y el tiempo que se tarda en obtener todos los permisos depende de las características de la instalación, como puede ser su tamaño, si va a verter o no excedentes a la red eléctrica, o si es una instalación individual o colectiva.
A la hora de otorgar los permisos participan los tres niveles de la Administración Pública: el local, el autonómico y el estatal, además de las empresas eléctricas; pero la tramitación para instalaciones menores de 10kW es mucho más sencilla, ya que están exentas de varios de los trámites.
En el artículo de hoy vamos a centrarnos en los permisos necesarios para los sistemas de autoconsumo en viviendas o pequeñas empresas, y no en los que necesitan solicitar los parques solares o sistemas industriales.
Permisos previos a la instalación fotovoltaica
En cada fase del proyecto se necesitan una serie de documentos y trámites para poder seguir adelante con la instalación; antes de comenzar deberemos solicitar una serie de permisos sin los cuales no se puede iniciar la obra:
- El diseño del sistema fotovoltaico, un estudio de viabilidad que incluya el presupuesto de la instalación y el cálculo del ahorro energético que nos va a proporcionar la planta fotovoltaica. Se exige en todo tipo de instalaciones, pero en las pequeñas de autoconsumo bastaría con una Memoria Técnica de Diseño (MTD) firmada por la empresa instaladora autorizada.
- La solicitud de acceso y conexión a la red, que solo estamos obligados a solicitar en dos casos: si la instalación se realiza fuera de suelo urbano o si se excede una potencia de 15kWp y se va a verter el excedente a la red eléctrica. En ambos casos los trámites se deben llevar a cabo con la compañía eléctrica.
- El cumplimiento de la normativa municipal, que afortunadamente es más sencilla ya que seguramente lo único que vas a necesitar solicitar sea una comunicación previa de obra, declaración responsable de obra o licencia urbanística. Esto también debe ir acompañado del pago de una tasa y del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Posteriormente tanto el ICIO como el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) se pueden deducir.
Para esta comunicación previa de obra al Ayuntamiento solo es necesario presentar un modelo de declaración responsable, y para tramitarlo hay que presentar:
- El modelo normalizado de solicitud
- DNI del solicitante
- Declaración responsable del técnico competente
- Descripción de la instalación fotovoltaica de autoconsumo: datos del titular, ubicación, plano o croquis de los módulos y sus características
- Documentación relativa a Seguridad y Salud
- Declaración de no generación de residuos y gestión de los mismos
- Salvo ocasiones muy concretas, no se necesita presentar certificaciones de solidez de carga ni certificaciones sobre reflejos; y solo en edificios protegidos por su valor histórico o artístico se debe tener en cuenta la repercusión estética de la instalación.
A la hora de llevar a cabo la obra por supuesto es necesario tener en cuenta la normativa energética y de seguridad de las instalaciones.
Permisos posteriores a nuestra instalación
Una vez finalizada la instalación, solo nos quedará registrarla ante nuestra Comunidad Autónoma y avisar a nuestra distribuidora de electricidad, ya que aunque las placas solares generan energía desde el primer momento, si queremos poder disfrutar de la compensación de excedentes tendremos que avisar a nuestra comercializadora eléctrica para que nos ofrezca un contrato que contemple esta opción.
Las instalaciones de menos de 100kW también tienen que contar con un Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) firmado por la empresa instaladora especializada y aprobado por la Comunidad Autónoma en la que se ubique; este certificado es el que garantiza que se cumplen todos los requisitos técnicos necesarios.
Desde el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico han elaborado una Guía de Orientaciones a los Municipios para el Fomento del Autoconsumo, donde nos recopilan todos estos trámites y se aconseja eliminar las barreras administrativas para favorecer las instalaciones de autoconsumo fotovoltaico. Ahora que ya conoces todos el proceso que es necesario llevar a cabo para tu instalación fotovoltaica, y que desde LRP Energy te libramos de los quebraderos de cabeza que pueden ocasionar los trámites burocráticos, no dudes en contactar con nosotros para unirte cuanto antes a la energía solar.